Cómo se calcula la baja temeraria (art. 85 RGLCAP)
Una oferta en presunción de anormalidad (la «baja temeraria», ver la definición en el glosario) es la que resulta tan barata que se presume que no podrá cumplirse. Cuando el único criterio de adjudicación es el precio y el pliego no fija otros parámetros, el artículo 149.2.a de la LCSP remite al artículo 85 del RGLCAP (Real Decreto 1098/2001), que fija el umbral según el número de licitadores:
| Licitadores | Referencia | Anormal si la oferta es… |
|---|---|---|
| 1 | Presupuesto base | inferior en más de 25 puntos (presupuesto × 0,75) |
| 2 | La otra oferta | inferior en más de 20 puntos (otra oferta × 0,80) |
| 3 | Media de las ofertas* | inferior en más de 10 puntos (media × 0,90), o con baja superior a 25 puntos sobre el presupuesto base |
| 4 o más | Media recalculada** | inferior en más de 10 puntos (media × 0,90) |
* Con 3 licitadores se excluye de la media la oferta más alta si la supera en más de 10 puntos. ** Con 4 o más se excluyen todas las que superen la media en más de 10 puntos; si quedan menos de 3, la media se calcula con las 3 ofertas más bajas. El pliego puede rebajar todos los porcentajes en un tercio de forma motivada (art. 85.5), opción que la calculadora incluye.
Dos precisiones que cambian el resultado. Primera: los puntos se aplican sobre los importes, no sobre las bajas; la Junta Consultiva del Estado lo dejó claro en su Informe 47/03, frente al método del reglamento de 1975 que comparaba bajas. Segunda: «en más de» es una desigualdad estricta, así que una oferta exactamente en el umbral no es anormal.
Ejemplos prácticos de baja temeraria
Cuatro casos resueltos, uno por cada regla. Todos los importes son sin IVA y puedes cargarlos en la calculadora de arriba con un clic.
Ejemplo con 1 licitador: suministro de mobiliario escolar con un único licitador
Presupuesto base de licitación: 180.000,00 €. Oferta: 129.600,00 €. Regla: Un solo licitador (art. 85.1 RGLCAP).
- Umbral = presupuesto base × (1 − 25/100) = 180.000,00 € × 0,75 = 135.000,00 €.
Resultado: la oferta de 129.600,00 € (baja del 28 %) queda en presunción de anormalidad.
Ejemplo con 2 licitadores: mantenimiento de climatización de un edificio administrativo
Presupuesto base de licitación: 240.000,00 €. Ofertas: 212.000,00 €, 168.500,00 €. Regla: Dos licitadores (art. 85.2 RGLCAP).
- Umbral = oferta más alta × (1 − 20/100) = 212.000,00 € × 0,8 = 169.600,00 €. Solo la oferta más baja puede quedar por debajo.
Resultado: la oferta de 168.500,00 € (baja del 29,79 %) queda en presunción de anormalidad.
Ejemplo con 3 licitadores: servicio de limpieza de un centro cultural municipal
Presupuesto base de licitación: 95.000,00 €. Ofertas: 93.100,00 €, 78.400,00 €, 70.300,00 €. Regla: Tres licitadores (art. 85.3 RGLCAP).
- Media aritmética de las 3 ofertas: 80.600,00 €.
- Límite para excluir ofertas altas de la media: 80.600,00 € × (1 + 10/100) = 88.660,00 €.
- Supera el límite y sale de la media: 93.100,00 € (con 3 licitadores solo se excluye la más alta).
- Nueva media de referencia: 74.350,00 €.
- Umbral = 74.350,00 € × (1 − 10/100) = 66.915,00 €.
- Además, con 3 licitadores es anormal en todo caso la baja superior a 25 puntos sobre el presupuesto base: 95.000,00 € × 0,75 = 71.250,00 €.
Resultado: la oferta de 70.300,00 € (baja del 26 %) queda en presunción de anormalidad por la regla de los 25 puntos, aunque supera el umbral de la media.
Ejemplo con 6 licitadores: obras de reurbanización de una calle, adjudicadas solo por precio
Presupuesto base de licitación: 480.000,00 €. Ofertas: 468.000,00 €, 452.500,00 €, 401.300,00 €, 389.900,00 €, 377.000,00 €, 318.700,00 €. Regla: Cuatro o más licitadores (art. 85.4 RGLCAP).
- Media aritmética de las 6 ofertas: 401.233,33 €.
- Límite para excluir ofertas altas de la media: 401.233,33 € × (1 + 10/100) = 441.356,67 €.
- Superan el límite y salen de la media: 468.000,00 €, 452.500,00 €.
- Nueva media de referencia: 371.725,00 €.
- Umbral = 371.725,00 € × (1 − 10/100) = 334.552,50 €.
Resultado: la oferta de 318.700,00 € (baja del 33,6 %) queda en presunción de anormalidad.
Caso límite: quedan menos de 3 ofertas tras la exclusión
Cuatro ofertas de 200.000,00 €, 190.000,00 €, 100.000,00 €, 60.000,00 €. La media inicial es 137.500,00 € y el límite de exclusión 151.250,00 €: las dos ofertas más altas lo superan y solo quedarían 2. Por eso la nueva media se calcula con las 3 ofertas de menor cuantía (60.000,00 €, 100.000,00 €, 190.000,00 €), que da 116.666,67 €, y el umbral queda en 105.000,00 €: las ofertas de 100.000 € y 60.000 € son anormales.
Descarga la calculadora de baja temeraria en Excel
Si prefieres hacer el cálculo en una hoja de cálculo, o adjuntarlo a un informe de la mesa, descarga la versión Excel. Tiene las fórmulas del artículo 85 a la vista (sin macros), admite hasta 50 ofertas, aplica la reducción de un tercio con un desplegable e incluye una hoja por cada ejemplo de esta página, con los mismos resultados.
Descarga gratuita
Calculadora de baja temeraria en Excel (art. 85 RGLCAP)
Presupuesto base, ofertas y resultado en una sola hoja: media inicial, exclusión de ofertas altas, media de referencia, umbral y qué ofertas quedan en presunción de anormalidad.
Descarga directa, sin registro. Funciona en Excel, LibreOffice y Google Sheets.
Qué ofertas cuentan y por qué sin IVA
- Sin IVA. El presupuesto base de licitación incluye el IVA (art. 100 LCSP), pero el impuesto se indica como partida independiente (art. 102) y el umbral se calcula sobre importes sin él. Introduce siempre las cifras sin IVA.
- Solo ofertas admitidas. Cuentan las proposiciones cuyo sobre económico se abre. En la Resolución 946/2023 el TACRC validó contar solo los 3 licitadores que habían superado el umbral técnico mínimo del pliego.
- Empresas del mismo grupo. Solo computa la oferta más baja del grupo, aunque concurra en UTE con empresas ajenas (art. 149.3 LCSP y art. 86 RGLCAP). Activa la casilla de grupos de la calculadora para aplicarlo.
Cuándo manda el pliego y no el artículo 85
El artículo 85 del RGLCAP es supletorio. Si el PCAP fija sus propios parámetros de anormalidad, se aplican esos. Y cuando hay varios criterios de adjudicación, el artículo 149.2.b de la LCSP obliga a que sea el pliego quien los fije, referidos a la oferta en su conjunto: si no lo hace, no puede aplicarse el reglamento en su lugar (TACRC, Resolución 1187/2018, citada por la Junta Consultiva del Estado en su expediente 119/18). Muchos pliegos copian las fórmulas del artículo 85 para el criterio precio, con o sin la reducción de un tercio. Localiza la cláusula de ofertas anormalmente bajas del PCAP antes de fiarte de cualquier cálculo.
Datos: con qué bajas se adjudican los contratos
Hemos analizado 17.395 contratos adjudicados entre septiembre de 2024 y marzo de 2026 (lote único, sin contratos menores) según el número de licitadores. La baja es la diferencia entre el importe de adjudicación y el presupuesto base, ambos sin IVA.
| Licitadores | Contratos | Baja mediana del adjudicatario | Adjudicados con baja > 25 puntos |
|---|---|---|---|
| 1 licitador | 8.849 (51 %) | 0 % | 6,6 % |
| 2 licitadores | 2.917 (17 %) | 7,5 % | 17,2 % |
| 3 licitadores | 1.921 (11 %) | 10,7 % | 23,1 % |
| 4 o más | 3.708 (21 %) | 18,6 % | 36 % |
La mitad de los contratos se adjudica con un único licitador, y en más de la mitad de esos casos sin ninguna baja. Pero en cuanto hay competencia real las bajas se disparan: con 4 o más licitadores la baja mediana del ganador es del 18,6 % y más de un tercio de los contratos se gana con bajas superiores a 25 puntos. Si vas a pujar fuerte en un contrato disputado, prepara la justificación a la vez que la oferta.
Método: datos públicos de adjudicación de licitaciones españolas que agrega Licita-ia; contratos adjudicados con número de licitadores informado e importe de adjudicación no superior al presupuesto base. En un 11 % de los contratos con 4 o más licitadores el importe publicado coincide con el presupuesto (habitual en contratos por precios unitarios), así que las bajas reales son, si acaso, mayores. No disponemos de todas las ofertas de cada licitación: la tabla describe bajas ganadoras, no cuántas ofertas quedaron en presunción de anormalidad.
Si tu oferta queda por debajo del umbral
No estás excluido: la mesa te pedirá que justifiques el precio y tendrás pocos días para hacerlo. Qué incluir en el escrito, qué plazos aplican y qué han resuelto los tribunales lo explicamos en la guía baja temeraria: qué es y cómo justificarla. Y si resultas adjudicatario tras haber estado en presunción de anormalidad, el pliego puede exigirte una garantía complementaria de hasta el 5 % adicional.
Para qué sirve conocer el umbral antes de ofertar
Si conoces cuántos licitadores suelen presentarse y con qué bajas se adjudica, puedes situar tu oferta agresiva justo por encima del umbral probable y evitarte la justificación, o prepararla con antelación si decides cruzarlo. Licita-ia te muestra esos datos en cada licitación que te recomienda: la baja típica de los contratos comparables, el número habitual de licitadores y la baja con la que ganó el último adjudicatario de ese órgano.