Garantía provisional

La garantía provisional es una fianza opcional de hasta el 3% del presupuesto base de licitación que el órgano puede exigir para asegurar que los licitadores mantienen sus ofertas. Es excepcional: solo cabe cuando se justifique por motivos de interés público.

Se devuelve a todos los licitadores al adjudicarse el contrato (al adjudicatario, al constituir la definitiva). Si un licitador retira injustificadamente su oferta antes de la adjudicación, la pierde.

En la práctica aparece en pocas licitaciones. Si el pliego la exige, revisa si admite aval o solo depósito en efectivo, y computa el coste en tu decisión de presentarte.

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